Inteligencia Artificial
Capítulo I – Disposiciones Generales
Art. 1º Esta norma establece las directrices sobre el uso de modelos de lenguaje de gran escala (Large Language Models – LLMs), inteligencia artificial (IA) generativa y tecnologías asistidas por IA en el ámbito de la autoría, edición y evaluación de manuscritos en la revista Ciência da Informação Express.
Art. 2º Las directrices aquí dispuestas se fundamentan en estudios y recomendaciones de las siguientes instituciones:
I – Committee on Publication Ethics (COPE);
II – Cambridge University Press;
III – Elsevier;
IV – SciELO.
Capítulo II – Uso por Parte de los Autores
Art. 3º Los autores podrán utilizar tecnologías asistidas por inteligencia artificial durante la elaboración de los manuscritos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
I – El uso de la tecnología debe ser transparente y contar con supervisión humana;
II – Es obligatoria una declaración formal en el documento “Notas y Créditos de Publicación” sobre el uso de IA;
III – Las herramientas de IA no podrán ser indicadas como autoras del trabajo;
IV – Los autores asumen total responsabilidad por el contenido del manuscrito, incluyendo posibles infracciones éticas, plagio, falsificación, omisiones u otras conductas científicas inapropiadas.
Párrafo único. La omisión del uso de IA será considerada una infracción ética grave, sujeta a las sanciones previstas en las políticas editoriales de la revista.
Capítulo III – Uso por Parte de Editores y Evaluadores
Art. 4º Está prohibido que editores y revisores utilicen herramientas de inteligencia artificial, incluyendo modelos generativos, en cualquier etapa del proceso de evaluación de manuscritos.
Art. 5º Se considerará infracción:
I – Introducir contenido del manuscrito en plataformas de IA generativa para la elaboración de dictámenes;
II – Utilizar IA para reformular, resumir o reescribir evaluaciones, informes o comentarios técnicos;
III – Compartir fragmentos del manuscrito con herramientas externas que no garanticen la confidencialidad y la protección de datos.
Párrafo único. La violación de esta directriz compromete la confidencialidad, los derechos de propiedad intelectual y la integridad del proceso editorial, lo que resultará en la desestimación del dictamen emitido.
Capítulo IV – Disposiciones Finales
Art. 6º Esta directriz podrá ser revisada periódicamente, en función de la evolución de las tecnologías involucradas, las recomendaciones internacionales y los principios éticos de la publicación científica.
Art. 7º Esta norma entra en vigor en la fecha de su publicación y forma parte del conjunto de políticas editoriales de la revista Ciência da Informação Express.









